El cannabis en la farmacopea: pasado, presente y futuro

Kenzi Riboulet-Zemouli es un investigador independiente de origen argelino-francés que aboga por la instauración internacional de políticas sostenibles en materia de drogas. En este artículo, Kenzi aborda los hitos más recientes de nuestra historia respecto a la farmacopea cannábica.

La historia ancestral y tradicional del uso de productos relacionados con el cannabis en medicina ha sido largamente discutida y divulgada. No obstante, la historia reciente de la medicina «cannábica» en el siglo XX no resulta tan conocida.

En 1906, cuando se convocó en Bruselas la Conferencia Internacional para la Unificación de la Fórmula de Medicamentos Heroicos (fármacos potentes), con el propósito de armonizar las monografías sobre farmacopeas a través el mundo, el Cannabis sativa era considerado una «droga valiosa», un concepto equivalente a lo que hoy se denomina «medicamento esencial».

El acuerdo internacional que resultó de dicha reunión se considera como la base de lo que terminaría siendo, hoy en día, la Farmacopea Internacional, administrada por la OMS. Los negociadores del acuerdo decidieron no incluir ninguna recomendación en cuanto a la armonización de los preparados de cannabis debido a la falta de entendimiento de los principios activos y la consiguiente imposibilidad de establecer recomendaciones de formulación basadas en la evidencia.

No obstante, medicamentos a base de cannabis estaban presentes en casi todas las farmacopeas bajo una gran diversidad de formas y fórmulas. En Europa, solamente Austria, Bélgica y Países Bajos no incluían productos con cannabis. Sí que se encontraban en la mayor parte del planeta: en Europa, en las colonias, así como en muchos países recientemente independientes, cuya prioridad no consistía necesariamente en el establecimiento de farmacopeas propias.

 

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Fuente: Archivos de la ONU en Ginebra, carpeta Nº12B/36019/36019. Documento Nº1, página 100. Disponible en: https://archive.org/details/unification_formulas_potent_drugs_1925_UNOG_archive/page/n99/mode/2up

 

Estandarización y abolición

La necesidad de legibilidad y homogeneidad sobrepasó la falta de entendimiento de los mecanismos de acción del cannabis, y en septiembre de 1925 se revisó el acuerdo de 1906, incorporando tres «fórmulas» armonizadas: Cannabis indicæ herba, Extractum cannabis indicæ y Tinctura cannabis indicæ. La estandarización de estas formulaciones fue incluida progresivamente en gran parte de las farmacopeas nacionales. Al menos desde su edición de 1865, la Farmacopea Española menciona «Cáñamo – Cannabis sativa L.», aunque apuntando a las semillas como material preferencial para la formulación medicamentosa [2], pero en 1930 se actualiza siguiendo el segundo Acuerdo de 1925 e incorpora extractum y tincturæ [3].

Los años 30 representan la edad de oro del «cannabis medicinal», ya que su uso en terapias tradicionales y como medicamento herbal resultaba casi ubicuo, a la vez que se iba normalizando en sintonía con la construcción progresiva de la «medicina occidental moderna» durante finales del siglo XIX e inicios del XX.

Las cosas empiezan a cambiar en los años 1950. La recién creada OMS advierte en 1952, 53, 54, 60, 65 y 68 que la receta y el uso de preparados de cannabis («haxix o cáñamo indico» [4]) «no tiene justificación», llamando a su «abolición» —no obstante, sin ningún tipo de respaldo científico [1,5]—. En 1961, los expertos de la OMS se felicitaron por la fiscalización de los medicamentos de cannabis en la Lista 4 (la más restrictiva) de la Convención Única sobre Estupefacientes, un evento que, eso sí, marcó un final brusco al uso de cannabis en clínica. A principios de los años 1980, el cannabis se encuentra virtualmente ausente de las farmacopeas alrededor del planeta.

 

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Farmacopea Oficial Española, octava edición, 1930.

 

Actualidad

Hoy en día, la tendencia es inversa. El mismo Comité de Expertos de la OMS, quien aplaudía la prohibición en los años 1950-60, reconoció en 2019 la utilidad actual, y el potencial futuro, de los medicamentos a base de cannabis, recomendando a las Naciones Unidas sacarlos de la famosa «Lista 4» y aplicar una serie de cambios técnicos en el sistema internacional de fiscalización de estupefacientes, orientados a facilitar (para los países que lo deseen) la accesibilidad y disponibilidad de todos los tipos de preparados de cannabis para fines terapéuticos y de investigación.

A nivel de farmacopeas, la tendencia es similar, con la notable reincorporación de monografías de Cannabis flos (flores [6]) en 2019 en las farmacopeas alemana y suiza:

  • 1925: Austria, Bélgica, EE UU, España, Francia, Hungría, Italia, Japón, México, Países Bajos, Reino Unido y Suiza.
  • 1958: Argentina, Bélgica, Brasil, China, Egipto, España, Finlandia, Francia, India, Italia, Países Bajos, Portugal, Rumanía, Suiza, URSS y Venezuela.
  • 1980: ¿?
  • 2020: Alemania, Países Bajos y Suiza: cogollos [6]; China y Japón: semillas; EE UU: THC.

 

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Farmacopea Oficial Española, octava edición, 1930.

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Referencias

[1] Riboulet-Zemouli K. (2020) ‘Cannabis’ ontologies I: conceptual issues with Cannabis and cannabinoids terminology, Drug Science, Policy and Law 2020;6 (in press) DOI: 10.1177/2050324520945797.

[2] Véase p. 25 en Real Academia de Medicina de Madrid (1865), Farmacopea Española. Quinta edición. Madrid: Imprenta Nacional.

[3] Ver p. 335 en Real Academia Nacional de Medicina (1930), Farmacopea Oficial Española. Octava edición. Madrid: Espasa-Calpe.

[4] Organización Mundial de la Salud (1956), Comité de Expertos en Drogas Susceptibles de Engendrar Toxicomanía, quinto informe. Disponible en: https://apps.who.int/iris/handle/10665/37129

[5] Riboulet-Zemouli K (2018). Briefing on the international scientific assessment of cannabis: processes, stakeholders and history. The Crimson Digest​, volume 1, París: FAAAT editions. ISBN: 979-10-97087-06-7.

[6] En realidad, los cogollos son infrutescencias de frutas partenocárpicas, véase el siguiente artículo.

 

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